Notas a los Estados Financieros

al 31 de diciembre de 2022 y 2021

(pesos)

 

 

Notas de Desglose

 

     I.        Notas al Estado de Situación Financiera

 

Activo

          Activo Circulante

1)    Efectivo y Equivalentes:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, el rubro de disponibilidades se integra como sigue:

 

CONCEPTO

 

 

2022

 

2021

Bancos

 

 

$ 1

 

$ 0

 

 

Tesorería de la Federación (TESOFE)  (*)

 

 

121,419,496          

 

          

 

210,129,041          

 

 

 

$ 121,419,497    

 

$ 210,129,041

 

* Corresponde a los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS), pendientes de pago por la TESOFE al 31 de diciembre de 2022 y 2021, respectivamente.

 

 

2)   Derechos a recibir efectivo o equivalentes:

 

Deudores diversos:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, esta cuenta se integra como se sigue:

 

CONCEPTO

 

2022

 

2021

Gastos pendientes de comprobar (viáticos)

 

$ 245,208           

 

$ 1,903,275

Gastos a comprobar (viáticos), de años anteriores

 

754,541

 

758,314

Pagos especiales, de años anteriores

 

20,549

 

20,549

Adeudos de exempleados, de años anteriores

 

0

 

0

 

 

$ 1,020,298

 

$ 2,682,138

 

 

 

 

 

3)   Almacenes:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, este rubro se integra como sigue:

 

CONCEPTO

 

2022

 

2021

Unidades administrativas regionales

 

$ 25,506,812         

 

$ 18,625,292

Almacén central

 

3,612,324   

 

3,629,164

 

 

$ 29,119,136         

 

$ 22,254,456

 

Los bienes que se encuentran en el almacén son principalmente consumibles utilizados para la operación del SAT.

 

 

4)   Activos No Circulantes

 

                   Bienes Inmuebles, maquinaria y equipo:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, los inmuebles, maquinaria y equipo se integran como sigue:

 

CONCEPTO

 

 

2022

 

2021

Edificios e instalaciones

 

$ 9,386,886,209

 

$ 10,943,044,551

Equipo de transporte terrestre

 

167,381,234

 

845,542,033

Mobiliario y equipo

 

1,033,712,810

 

1,570,028,128

Obras en proceso

 

0

 

75,125,577

Armamento

 

320,775,819

 

1,424,496,427

Maquinaria, herramientas y aparatos

 

101,501,985

 

331,387,338

Especies menores, Piscícolas y de zoológico

 

995,860

 

10,161,561

Terrenos

 

1,549,478

 

15,829,017

Software

 

2,221,950,377

 

2,221,950,377

Colecciones científicas, artísticas y literarias

 

144,306

 

774,400

 

 

$13,234,898,078

 

$ 17,438,339,409

 

Al 31 de diciembre de 2022 se observa un decremento de $1,570,437,881 en las cuentas de Edificios e Instalaciones, y Terrenos, con motivo de la transferencia que se realizó a la Administración Nacional de Aduanas de México (ANAM) de 15 inmuebles federales por $1,556,158,342 y 3 terrenos por $14,279,539. La cuenta de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, presentó una disminución de $678,160,799, saldo que se integra por $677,753,806 que fue transferido a la ANAM y $406,993 de bajas por inutilidad. En el rubro de Mobiliario y Equipo, el saldo disminuyó en $536,315,318, resultado de un total de altas no presupuestales de bienes que entraron al SAT por $8,878,179, menos bajas por concepto de transferencia a la ANAM por $526,394,950 y de bienes que dejaron de ser útiles al SAT por $18,798,547. El rubro de Maquinaria, Herramientas y Aparatos presentó un decremento de $229,885,353, que se integra de un total de altas no presupuestales de bienes por un valor de $4,231,587, menos las bajas de bienes no presupuestales por inutilidad de $541,723, así como por la transferencia de bienes a la ANAM por $233,575,217. La cuenta de Colecciones Científicas, Artísticas y Literarias presentó una disminución de $630,094, importe que corresponde a transferencia de saldos a la ANAM. La cuenta de Armamento presentó una disminución de $1,103,720,608, de ésta $1,103,687,771 se derivan de la transferencia de bienes realizada a la ANAM y $32,837 de una baja por siniestro. En cuanto a la cuenta de Especies Menores, esta registró una disminución de $9,165,701, que se integra por el alta de caninos por $995,860 y la baja por transferencia a la ANAM de $10,161,561. La cuenta de Software no presentó movimientos durante el ejercicio. Finalmente, en lo que respecta a la cuenta de Obras en Proceso, esta disminuyó en $75,125,577 ya que dicho saldo fue transferido en su totalidad a la ANAM.

Al 31 de diciembre de 2021, el rubro de edificios e instalaciones del SAT aumentó en $1,114,900,070, debido al incremento en el valor de 22 inmuebles federales administrados por el SAT por nuevos avalúos paramétricos por un monto de $295,349,363, así como por el respectivo decremento en el valor de 5 inmuebles federales administrados por el SAT por nuevos avalúos paramétricos, por un monto de $13,818,970 Por otra parte, se registró el alta de dos inmuebles los cuales fueron destinados a favor del SAT por parte del INDAABIN, ubicados en Avenida Paseo de la Reforma No. 211 y 213 Col. Cuauhtémoc, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México por un monto de $ 1,019,568,443. Asimismo, se registró la baja de 2 inmuebles, el primero denominado “Centro Cívico” por $102,364,226, ubicado en Carretera México-Pachuca km. 84.5, Municipio Pachuca, Hidalgo, en razón de haberse acreditado que este es propiedad del Gobierno del Estado de Hidalgo. El segundo inmueble, denominado “Almacén” dado de baja por $83,834,540, está ubicado en Los Reyes La Paz, Estado de México y se encuentra en formalización de entrega al Instituto del Suelo Sustentable, coordinado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. La cuenta de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos presentó una disminución de $8,549,969, derivada de las altas no presupuestales por $30,546 menos las bajas no presupuestales de vehículos, por inutilidad principalmente por $8,580,515. En el rubro de mobiliario y equipo se registró una disminución de $54,611,549, obtenida de un total de altas no presupuestales de bienes que entraron al SAT por $12,572,838 menos las bajas no presupuestales por un valor de $67,184,387, por causas de inutilidad y siniestro. El rubro de Maquinaria, Herramientas y Aparatos presentó una disminución de $3,154,057, obtenido de un total de altas no presupuestales de bienes que entraron al SAT por un valor de $14,821,727 debido a cesión de derechos principalmente, menos $17,975,784 de bajas no presupuestales por inutilidad y siniestro. La cuenta de Armamento presentó un aumento por $54,026,081 por las altas no presupuestales de bienes por $73,599,047 menos las bajas no presupuestales por otros conceptos por $19,572,966, mientras que, el de Especies Menores también presentó una disminución de $1,539,349 debido a la baja de caninos por $2,517,749 y altas por $978,400. La cuenta de Software aumentó $709,500 por el concepto de cesión de derechos. Los rubros de Terrenos, Colecciones Científicas, Artísticas y Literarias no presentaron movimientos. En lo que respecta a la cuenta de Obras en Proceso, esta disminuyó $15,963,746 derivado de la reclasificación de obras, no realizadas correspondientes a ejercicios anteriores (2015. 2016 y 2017) por $11,913,861, así como por la Reclasificación de Obras realizadas en un inmueble histórico por $4,049,885.

 

Pasivo

 

                   Pasivo Circulante

 

5)   Cuentas por Pagar a Corto Plazo:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, este rubro se integra como sigue:

 

 

CONCEPTO

 

      2022

 

      2021

Acreedores diversos y otros

 

$ 118,700,809

 

$ 208,573,554

Impuestos y  Derechos por Pagar

 

2,440,476

 

0

Sueldos y salarios por pagar

 

0

 

0                     

Descuentos y Percepciones a Favor de Terceros

 

278,211

 

                    1,555,487

Entidades y Dependencias Acreedoras

 

1

 

0                               

 

 

$ 121,419.497

 

$ 210,129,041

 

    II.        Notas al Estado de Actividades

 

6)   Ingresos y Otros Beneficios:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, los ingresos son los siguientes:

 

Ingresos:

CONCEPTO

 

 

2022

 

2021

Asignación de recursos del Gobierno Federal:

 

 

 

 

Transferencias y CLC's de servicios personales

 

$    10,602,659,066

 

$    12,381,180,956

Cuentas por liquidar certificadas fondo rotatorio

 

138,678,906

 

          79,698,691

Cuentas por liquidar certificadas impuestos de ley

 

78,893,370

 

257,299,130

Cuentas por liquidar certificadas gasto corriente

 

1,385,970,591

 

             1,806,191,294

Cuentas por liquidar certificadas gasto de inversión

 

-

 

-

Subtotal

 

$12,206,201,933

 

$ 14,524,370,071

ADEFAS pendientes de recibir

 

121,419,496

 

210,129,041           

 

 

$12,327,621,429

 

$14,734,499,112

 

Otros Ingresos:

CONCEPTO

 

 

2022

 

2021

 

Consumo de almacenes de años anteriores

 

$ 8,299,707

 

$ 13,586,114

Comprobación de gasto de ejercicios anteriores

 

2,302,153           

 

2,911,750

 

 

$ 10,601,860

 

$ 16,497,864

 

7)   Gastos y Otras Pérdidas:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, los gastos se integran como sigue:

 

CONCEPTO

 

2022

 

2021

Servicios personales

 

$ 10,053,348,090

 

$  11,867,214,390

Materiales y suministros

 

134,877,730

 

91,681,571

Servicios generales

 

1,904,678,645

 

2,669,865,221

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

 

229,909,229

 

115,814,846

 

 

$ 12,322,813,694

 

$ 14,744,576,028

Gastos de Inversión Pública no Capitalizable

 

 

 

 

$ 12,322,813,694

 

$ 14,744,576,028

 

  III.        Notas al Estado de Variación en la Hacienda Pública

 

8)   Patrimonio

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, el Patrimonio se integra como sigue:

 

CONCEPTO

 

2022

 

2021

Patrimonio al inicio del ejercicio

 

$ 17,126,196,881

 

$ 16,329,584,075

Resultado de ejercicios anteriores

 

337,079,122

 

330,512,425

Rectificación a resultados  a)

 

395,105

 

145,749

(Decremento)/Incremento al Patrimonio b)

 

(4,203,441,331)

 

813,110,674

Decremento al Patrimonio c)

 

(10,601,860)

 

(16,497,868)

Aportaciones del Gobierno Federal al final del ejercicio d)

 

 

 

 

 

 

Resultado del ejercicio e)

 

15,409,595

 

6,420,948

 

 

$ 13,265,037,512

 

$ 17,463,276,003

 

a)    Rectificación a resultados

 

Al 31 de diciembre de 2022, el saldo de esta cuenta se presenta en $395,105 y corresponde a las Observaciones de Glosa realizadas a los informes de comisión de ejercicios anteriores. Al 31 de diciembre de 2021, el saldo fue de $145,749, el cual corresponde, de igual forma, a Observaciones de Glosa de años anteriores.

 

b)   Decremento/Incremento en el patrimonio

 

Al 31 de diciembre de 2022 el saldo de ($4,203,441,331) se integra por las cuentas de Variación en el Patrimonio que es el efecto neto de los incrementos, decrementos, pérdidas diversas distintas a los Activos Fijos y la variación complementaria patrimonial, por ($4,184,006,335) y, la Variación en Venta de Activos Fijos por ($19,434,996) que se obtiene de la suma de los saldos de las cuentas de Recuperación de Bienes Inventariables del año en curso y Pérdidas Diversas en Activos Fijos del SAT.

 

Al 31 de diciembre de 2021, la variación en el patrimonio se compone del efecto neto de los incrementos, decrementos, pérdidas diversas distintas a los Activos Fijos y la variación complementaria patrimonial, que corresponde a $900,194,650, y la Variación en venta de Activos Fijos es por ($87,083,980) que se obtiene de la suma de los saldos de las cuentas de Recuperación de Bienes Inventariables del año en curso y pérdidas diversas en Activos Fijos del SAT, respectivamente.

 

c)    Decrementos en el patrimonio

 

El saldo de este concepto se integra de la siguiente manera:

 

CONCEPTO

 

2022

 

2021

Consumo de existencias en almacenes de años anteriores

 

$ (8,299,707)

 

$ (13,586,114)

Comprobación de viáticos de ejercicios anteriores

 

(2,302,153)

 

(2,911,750)

 

 

$ (10,601,860)

 

$ (16,497,864)

 

d)   Aportaciones del gobierno federal

 

Al 31 de diciembre de 2022, no hubo aportaciones del Gobierno Federal para la adquisición de inversión. Del mismo modo, al 31 de diciembre de 2021, no se recibieron aportaciones del Gobierno Federal para la adquisición de inversión.

 

e)   Resultado del ejercicio SAT

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 31 de diciembre de 2021, los resultados del ejercicio se presentaron en $15,409,595 y $6,420,948, respectivamente; mostrando un incremento del 140% al comparar el ejercicio 2022 con el ejercicio 2021.

 

 

  IV.        Notas al Estado de Flujos de Efectivo

 

Al 31 de diciembre de 2022 y al 31 de diciembre de 2021, el Estado de Flujo de Efectivo en la cuenta de efectivo y equivalentes se presenta así:

 

 

 

9)   Efectivo y Equivalentes:

 

CONCEPTO

 

 

2022

 

2021

Bancos

 

 

$ 1

 

$ -                   

Tesorería de la Federación (TESOFE)  (*)

 

 

121,419,496          

 

210,129,041          

 

 

 

$ 121,419,497    

 

$ 210,129,041

 

* Corresponde a los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS), pendientes de pago por la TESOFE al 31 de diciembre de 2022.

 

           V.        Conciliación entre los Ingresos Presupuestarios y Contables, así como entre los Egresos Presupuestarios y los Gastos Contables

 

 

 

 

 

 

 


 


 

 

              VI.        Notas de Memoria (Cuentas de Orden)

 

Cuentas de Orden:

 

Al 31 de diciembre de 2022 y 2021, las cuentas de orden se integran como sigue:

 

CONCEPTO

 

2022

 

2021

Presupuesto Autorizado

 

$ 23,156,147,170

 

$ 46,922,759,982

Presupuesto Ejercido

 

(19,129,185,647)

 

(35,053,626,639)

Presupuesto Comprometido

 

(3,886,530,485)

 

(8,268,617,364)

Presupuesto por Ejercer

 

(140,431,038)

 

(3,600,515,979)

Otras Cuentas de Orden

 

7,430,831,107

 

7,669,749,591

 

 

$ 7,430,831,107

$

$ 7,669,749,591

 

 

VII.        Notas de Gestión Administrativa

 

10) Introducción

 

Los Estados Financieros del SAT se utilizan para la auditoría externa solicitada por la Secretaría de la Función Pública y para Presentación en las Sesiones de la Junta de Gobierno del SAT.

 

 

 

11)   Panorama económico y financiero

 

El SAT realizó sus funciones bajo un entorno económico y financiero nacional estable, en el cual no se observaron acontecimientos significativos que influyeran de manera importante en el gasto.

 

12)  Autorización e historia

 

El 15 de diciembre de 1995, se publicó la Ley del Servicio de Administración Tributaria (LSAT), mediante la cual se creó el nuevo órgano administrativo desconcentrado como máxima autoridad fiscal. En marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). En el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, se cambió la denominación de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación, y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos; se crearon las direcciones generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales.

 

El 1 de julio de 1997, entró en funciones el Órgano Administrativo Desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuyo Reglamento Interior se publicó el 30 de junio de ese mismo año. Este Órgano sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos.

 

El 30 de abril de 2001, se publicó el Decreto mediante el cual se reformó el artículo segundo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (RISAT), que transfiere la Administración Central de Investigación de Operaciones a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

El 12 de junio de 2003, se publicó el Decreto que reforma la Ley del SAT, en el cual la Presidencia del SAT, modificó su denominación por Jefatura del SAT.

 

El 17 de junio de 2003, se reformó el RISAT, en el cual se transfirieron los recursos materiales y financieros con que contaba la Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior propiedad del Fisco Federal al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para realizar las actividades de administración, enajenación y destrucción de mercancías de procedencia extranjera que hayan pasado a propiedad del fisco federal.

 

El 6 de junio de 2005, se publicó un nuevo Reglamento Interior de dicho Órgano Administrativo Desconcentrado, para establecer en forma clara las facultades y tareas que como Institución le encomienda la Ley, motivo por el cual se ve modificada su estructura orgánica y mediante el cual se específica la tarea que tiene cada Administración General, para lograr así los Objetivos de la Institución.

 

El 12 de mayo de 2006, se publicó el Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, destacándose las modificaciones de la Administración General de Innovación y Calidad, y la creación de la Aduana de Guanajuato dentro de la estructura de la Administración General de Aduanas, con lo que se llegó a un total de 49 Aduanas en todo el país.

 

El 22 de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento Interior de este Órgano Administrativo Desconcentrado, en el cual se dio un paso fundamental en su proceso de transformación y formalizó la reestructuración de las diferentes unidades administrativas que lo conformaban en ese momento, a efecto de que las mismas trabajaran bajo un enfoque sistémico y con una visión integral de sus procesos, en beneficio de la administración tributaria de nuestro país.

 

Se presentaron los siguientes cambios en la estructura orgánica: cambia el nombre de la Administración General de Asistencia al Contribuyente al de General de Servicios al Contribuyente; al igual que la Administración General de Innovación y Calidad ahora es la General de Recursos y Servicios; y se crea la Administración General de Planeación que entre sus tareas tiene la de coordinar la formulación e implantación de las acciones relacionadas con la planeación estratégica del Servicio de Administración Tributaria e integrar los planes de trabajo, el programa anual de mejora continua, así como las acciones para su instrumentación; implementar las metodologías y herramientas necesarias para el análisis, evaluación, coordinación, control y seguimiento de los proyectos comprendidos dentro del plan estratégico; además de integrar los indicadores de desempeño; entre muchas tareas más. Asimismo, desaparecieron la Unidad de Plan Estratégico y Mejora Continua, la Unidad de Programas Especiales y las Administraciones Regionales de Grandes Contribuyentes.

 

El 29 de abril de 2010, se publicó un nuevo Reglamento Interior de este Órgano Administrativo Desconcentrado, dentro de estas reformas se agregan áreas necesarias que contribuyen a la operación de los procesos del Servicio de Administración Tributaria, se modifican los nombres de algunas unidades administrativas y se eliminan otras. Los cambios más representativos se encuentran en materia Aduanera para emitir los lineamientos para la integración y funcionamiento del Comité de Impuestos Internos y de Aduanas y Comercio Exterior, así como los procedimientos para el análisis y discusión de políticas operativas y administrativas en las materias de la competencia de cada uno de ellos. Además de autorizar y en su caso cancelar, la exención de los impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional de las mercancías que sean donadas para ser destinadas a fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social.

 

En materia Financiera podemos mencionar el establecer, de conformidad con las disposiciones, las directrices para la contratación de la Obra Pública y la Adquisición, Arrendamiento o Contratación de bienes y servicios que requiera el Servicio de Administración Tributaria.

 

El 9 de abril de 2012, se publicó en el DOF una reforma a la Ley del Servicio de Administración Tributaria, mediante la cual se adiciona el capítulo II de la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria y de Fiscalización, confiriéndole al SAT la función de proporcionar información estadística en materia de recaudación y fiscalización a la Secretaría de la Función Pública y a la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

 

El 13 de julio de 2012, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, con objeto de alinear o reordenar, con base en procesos las funciones de las unidades administrativas adscritas, así como adecuar su estructura orgánica y administrativa.

 

Por otro lado, una de las modificaciones más significativas fue la de diseñar, actualizar y aplicar la Normatividad interna en materia de Recursos Humanos, Financieros y Materiales, inclusive de los Recursos de los Fideicomisos Públicos en los que el Servicio de Administración Tributaria sea parte. Así como adoptar e implementar conforme a las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, las normas y procedimientos para la operación del Sistema de Contabilidad, del Presupuesto, Activos, Pasivos, Ingresos, Costos y Gastos del Servicio de Administración Tributaria, además de la aplicación de los Recursos de los Fideicomisos Públicos en los que dicho Órgano Administrativo Desconcentrado participe, y remitir al Jefe del Servicio de Administración Tributaria y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los informes y Estados Financieros correspondientes.

 

El 30 de diciembre de 2013, se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, con la finalidad de otorgar facultades, atribuciones y funciones a las unidades administrativas y a los Servidores Públicos de dicho Órgano Administrativo Desconcentrado a fin de dar estricto cumplimiento a la “Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita”; creándose para ello la Administración Central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables en la Administración General Jurídica; confiriéndose facultades al Administrador Central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables para la resolución del recurso de revisión a que se refiere el artículo 61 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

De igual forma a los Administradores Locales Jurídicos dentro de la circunscripción territorial que a cada uno le corresponda, también se otorgan facultades a las siguientes Administraciones Generales: de Servicios al Contribuyente, Auditoría Fiscal Federal, General Jurídica, Recaudación, Comunicaciones y Tecnologías de la Información, y Auditoría de Comercio Exterior; esto es con la finalidad de atender la operación relativa a la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 

13)  Organización y Objeto Social

 

El 24 de agosto de 2015 se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, quedando la estructura orgánica como sigue:

 

El 21 de diciembre de 2021, se reformó el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en el cual se estableció que, para el ejercicio de las atribuciones en materia aduanera que le otorgan las disposiciones jurídicas aplicables, el Servicio de Administración Tributaria contará con el auxilio de la Agencia Nacional de Aduanas de México, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de dicho órgano administrativo desconcentrado, derogándose la fracción II del inciso B y el inciso D, del artículo segundo que señalaba a la Administración General de Aduanas y a las Aduanas, como unidades administrativas.

 

El Servicio de Administración Tributaria es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

 

Del patrimonio del SAT

 

El patrimonio del SAT entre otros, lo constituyen los bienes muebles e inmuebles a excepción de los provenientes de adjudicación o dación en pago de adeudos de contribuyentes, los derechos de propiedad y posesión de los mismos que por justo título obren en poder del SAT y los productos de cualquier clase que generen los bienes y derechos patrimoniales. Cabe mencionar que los inmuebles que integran su patrimonio tienen el carácter de bienes del dominio público de la Federación.

 

Asimismo, el patrimonio del SAT está conformado con los recursos financieros y materiales, que en su momento le transfirió la Subsecretaría de Ingresos y con los que anualmente recibe a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de coordinadora sectorial.

 

De la administración y vigilancia del SAT

 

El SAT está integrado por una Junta de Gobierno que constituye su órgano principal de dirección, por las Administraciones Generales y Unidades que lo conforman y por un Jefe que es nombrado y removido por el Presidente de la República. El Jefe del SAT es el enlace entre la institución y las demás entidades gubernamentales tanto de carácter federal, estatal como municipal, y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio Servicio de Administración Tributaria.

 

De acuerdo en lo dispuesto en el Artículo 9º del Título Segundo Capítulo II la Ley del SAT, la Junta de Gobierno está integrada por:

 

 

Así mismo, conforme al Artículo 10, la Junta de Gobierno tiene las atribuciones siguientes:

 

I. Opinar y coadyuvar con las autoridades competentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la elaboración de las medidas de política fiscal y aduanera necesarias para la formulación y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, así como llevar a cabo los programas especiales y los asuntos que el propio Secretario de Hacienda y Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en esas materias;

 

II. Someter a la consideración de las autoridades competentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su opinión sobre los proyectos de iniciativas de ley, decretos, acuerdos, órdenes, resoluciones administrativas y disposiciones de carácter general que en las materias fiscal y aduanera corresponda expedir o promover a la propia Secretaría;

 

III. Aprobar los programas y presupuestos del Servicio de Administración Tributaria, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable y de acuerdo con los lineamientos previstos en el artículo 5o., fracción IV;

 

IV. Aprobar la estructura orgánica básica del Servicio de Administración Tributaria y las modificaciones que procedan a la misma, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como el anteproyecto de Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y sus modificaciones correspondientes;

 

V. Examinar y, en su caso, aprobar los informes generales y especiales que someta a su consideración el Jefe del Servicio de Administración Tributaria;

 

VI. Estudiar y, en su caso, aprobar todas aquellas medidas que, a propuesta del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, incrementen la eficiencia en la operación de la administración tributaria y en el servicio de orientación al contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales,

 

VII. Aprobar el programa anual de mejora continua, establecer y dar seguimiento a las metas relativas a aumentar la eficiencia en la administración tributaria y mejorar la calidad del servicio a los contribuyentes.

 

El programa anual de mejora continua deberá contener indicadores de desempeño para medir lo siguiente:

 

a) El incremento en la recaudación por mejoras en la administración tributaria.

 

b) El incremento en la recaudación por aumentos en la base de contribuyentes.

 

c)  El incremento en la recaudación por combate a la evasión de impuestos.

 

d) El incremento en la recaudación por una mejor percepción de la efectividad del Servicio de Administración Tributaria por parte de los contribuyentes.

 

e) La disminución del costo de operación por peso recaudado.

 

f)  La disminución del costo de cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.

 

g) La disminución del tiempo de cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.

 

VIII. Analizar las propuestas sobre mejora continua que incluyan los aspectos relacionados con la disminución de los costos de recaudación, la lucha contra la evasión, la elusión, el contrabando y la corrupción, la mejor atención al contribuyente, la seguridad jurídica de la recaudación y del contribuyente, la rentabilidad de la fiscalización y la simplificación administrativa y reducción de los costos de cumplimiento, que sean elaboradas por las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria.

 

IX. Proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como responsable de la política de ingresos, los cambios a la legislación pertinentes para la mejora continua de la administración tributaria.

 

X. Las demás que sean necesarias para llevar a cabo las previstas en esta Ley, su reglamento interior y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 

Régimen Jurídico

 

La Ley del Servicio de Administración Tributaria (LSAT) del 15 de diciembre de 1995 está vigente y la última reforma fue publicada en el DOF del 4 de diciembre de 2018.

 

Esta Ley se complementa con el Reglamento Interior del SAT y la última actualización fue el 21 de diciembre de 2021.

 

 

Régimen fiscal

 

El régimen fiscal del SAT es “Personas Morales con Fines no Lucrativos”. Por su estructura jurídica y actividades está sujeto a las siguientes obligaciones:

 

a)    Ley del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)

 

De conformidad con lo establecido en la Ley del ISSSTE, el SAT está obligado a determinar y enterar las cuotas y aportaciones de los trabajadores al servicio del estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de dicha Ley.

 

b)   Impuesto sobre la renta

 

De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Título III del Régimen de las personas morales con fines no lucrativos, el SAT, no está sujeto a este gravamen en su calidad de contribuyente, sólo le resulta aplicable dicha legislación en su carácter de retenedor por los pagos derivados de la prestación de servicios personales subordinados, erogaciones asimilables a sueldos y actividades empresariales y profesionales relacionadas con la contratación con personas físicas por servicios profesionales independientes o el uso o goce temporal de bienes y otras erogaciones por la prestación de servicios o adquisición de bienes por los cuales deba de hacer una retención.

 

c)    Impuesto al valor agregado

 

De conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), el SAT se encuentra exento por tratarse de una institución pública, sólo le resulta aplicable en su carácter de retenedor en ciertas operaciones realizadas con personas físicas y morales.

 

d)   Códigos estatales y/o locales

 

El SAT está obligado a cumplir con las disposiciones de carácter estatal y/o local en las Entidades Federativas en las que opera, en este sentido se encuentra obligado a presentar dictamen de impuestos locales y/o estatales, en los Estados de: Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Veracruz, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas.

 

14) Bases de preparación de los Estados Financieros

 

Con la aprobación por parte del Congreso de la Unión de la fracción XXVIII del artículo 73 Constitucional, se otorgó la facultad al Poder Legislativo para expedir leyes que regulen la práctica contable en los tres órdenes de gobierno, estableciendo con ello, las bases jurídicas para la armonización contable y de sus cuentas públicas.

 

Con base en lo anterior, el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) la cual entró en vigor el 1 de enero de 2009 y que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, el registro y fiscalización de los activos, pasivos, ingresos, gastos y en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos. En su Artículo segundo transitorio se establece la instalación de un Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) que será el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental. La última Actualización a la Ley General de Contabilidad Gubernamental fue publicada en DOF del 30 de enero de 2018.

 

La LGCG y el CONAC se rigen en el pilar fundamental de la armonización contable y la emisión de información financiera, con la finalidad de contar con la información homogénea de las finanzas públicas, que sea factible de ser comparada y analizada bajo criterios comunes, facilitando el escrutinio público y las tareas de fiscalización.

 

De acuerdo con lo anterior, el SAT prepara sus estados financieros de conformidad con las instrucciones sobre forma y términos en que los Entes Públicos del Sector Central deben llevar su contabilidad y que están contenidos en las disposiciones establecidas por la CONAC, conforme a lo dispuesto en el Manual de Contabilidad Gubernamental para el Poder Ejecutivo Federal emitido por la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la SHCP, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como su Reglamento y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

A continuación, se resumen las principales políticas contables utilizadas en la elaboración de los estados financieros del SAT:

 

a)    Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera

 

Los estados financieros se presentan sobre la base de valor histórico, la cual no reconoce los efectos de la inflación en la información financiera, en virtud de que la SHCP no ha emitido los ordenamientos jurídicos, técnicos y normativos que resulten aplicables.

 

b)   Disponible

 

Este rubro se integra de los saldos en las cuentas bancarias, así como de las aportaciones pendientes de recibir por parte de la Tesorería de la Federación (TESOFE), en apego al Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

c)    Deudores diversos

 

La cuenta refleja los gastos menores, viáticos y pasajes, y anticipos a empleados, pendientes de comprobar, así como los adeudos de exempleados.

 

d)   Almacenes

 

Las adquisiciones se registran a valor de adquisición y son valuadas a precios promedio de conformidad con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 5 de marzo de 2008.

 

 

e)   Inmuebles, maquinarias y equipos

 

Los inmuebles, maquinaria y equipo se reconocen a su valor de adquisición. En el caso de donaciones al valor establecido en las actas de donación y de aquellos cuyo valor se encontraba entre $ 0.00 y $ 100.99 se les asignó un valor de uso, su afectación es reconocida en el patrimonio en el ejercicio que se realizan. Adicionalmente, los bienes inmuebles se encuentran actualizados mediante avalúos.

 

f)    Acreedores diversos

 

Los pasivos se reconocen de acuerdo al postulado base en devengado, es decir, las transacciones de gasto se reconocerán conforme a la fecha de su realización, independientemente de su pago.

 

g)   Obligaciones laborales

 

Los compromisos por pensiones al retiro de los trabajadores son asumidos totalmente por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y no existe la obligación de pagar primas de antigüedad, derivado de que los funcionarios que se retiran únicamente cobran pensión por parte del ISSSTE.

 

h)   Estado de flujos de efectivo

 

A partir del 1 de enero de 2009 el SAT adoptó la NIFB 002 Estado de flujo de efectivo por lo que se incluye de acuerdo al formato establecido en dicha norma.

 

15)  Posición en Moneda Extranjera y Protección por riesgo cambiario.

 

La información que se presenta es en pesos y no se realizan operaciones en moneda extranjera.

16)  Reporte Analítico del Activo.

 

De conformidad a lo establecido por la LGCG y a los pronunciamientos emitidos por el CONAC, el SAT se encuentra en espera de que la Unidad de Contabilidad Gubernamental emita los lineamientos correspondientes para que el SAT cumpla con lo establecido en las “Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio”. Las Reglas antes mencionadas, establecen en su inciso “B” punto 6 “depreciación, deterioro, amortización, del ejercicio y acumulada de bienes” la revisión entre otros, de la vida útil de los bienes y su deterioro, la cual deberá realizarse a través de una autoridad competente que autorice la vida útil estimada del bien o grupo de bienes y deberá contar con un dictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado, que considere según corresponda, los elementos anteriormente mencionados

 

Derivado de lo anterior, con fecha 16 de mayo del 2013, el CONAC emitió el ACUERDO 1, en donde se establece que el plazo para cumplir la meta en cuanto a realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio será hasta el 31 de diciembre del 2014, plazo que se ratifica en el documento que de igual forma es emitido por el CONAC “ACUERDO por el que se determinó la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Amortización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013”, publicado en el DOF el día 8 de agosto del mismo año.

 

Es importante señalar, que la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la SHCP emitió pronunciamiento sobre el tema de la depreciación, mismo que se encuentra en la Notas a los Estados Financieros del Poder Ejecutivo Federal, correspondientes a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2013, que señala lo siguiente:

 

“En las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable, se definió como vida útil de un activo, al período durante el que se espera utilizar el activo por parte del ente público, en este mismo documento se menciona que se considerará que un activo tiene una vida útil indefinida cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no exista un límite previsible al período a lo largo del cual se espera que el activo genere rendimientos económicos o potencial de servicio para el ente público, o a la utilización en la producción de bienes y servicios públicos. Con base en estas reglas, el Poder Ejecutivo determinó que sus bienes tienen una vida útil indefinida, por lo cual no se deprecian.”

 

 

17)  Fideicomisos, Mandatos y Análogos.

 

                   Fideicomiso de Administración y Pago Número 80775 (FAPA)

 

El 25 de noviembre de 2021, se formalizó la Constitución del Fideicomiso de Administración y Pago Número 80775 (FAPA), entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente única de la Administración Pública Centralizada y la Fiduciaria, Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, con la participación del Servicio de Administración Tributaria, en su carácter de Unidad Responsable del Fideicomiso. Este Fideicomiso es público cuyos Fines son que la Fiduciaria, previa instrucción del Comité Técnico y de conformidad con las disposiciones aplicables, realice los pagos a los particulares autorizados por el SAT, para prestar los servicios relativos a las operaciones que este Órgano Administrativo Desconcentrado apruebe, relacionadas con contribuciones federales, incluso las que se causen con motivo de los trámites aduaneros, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Aduanera. Durante 2021 se recibieron ingresos presupuestales por un mil pesos, para aportar a dicho Fideicomiso.

18) Reporte de la Recaudación.

 

No aplica. El presupuesto que recibe el SAT para la realización de sus funciones es a través del Presupuesto de Egresos de la Federación, la recaudación que se lleva a cabo, solamente es una función que desempeña en servicio a la SHCP.

 

19)  Información sobre la Deuda y el Reporte Analítico de la Deuda.

 

No aplica. El SAT no tiene la facultad de solicitar préstamos. Sus recursos son vía Presupuesto de Egresos de la Federación.

 

20) Calificaciones Otorgadas.

 

No aplica.

 

21)  Proceso de Mejora.

 

En el ejercicio pasado no se detectaron áreas de oportunidad, derivadas de la revisión.

 

22) Información por Segmentos.

 

No aplica. La información se presenta de manera consolidada.

 

23) Eventos Posteriores al Cierre.

 

No se registraron eventos significativos posteriores al cierre del ejercicio 2022 y a la fecha de emisión de los estados financieros adjuntos.

 

24)  Partes Relacionadas.

 

No existen partes relacionadas que pudieran ejercer influencia significativa sobre la toma de decisiones financieras y operativas.

 

25) Responsabilidad sobre la Presentación Razonable de la Información Contable

 

No Aplica por ser información contable consolidada.

 

 

“Bajo protesta de decir verdad declaramos que los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2022 y sus Notas, son razonablemente correctos y son responsabilidad del emisor”

 

 

 

 

 

 

 

Funcionario Autoriza

Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa

 Administradora General de Recursos y Servicios

 

Funcionario Revisa

Lic. César Abraham Garnelo Granados

Administrador Central de Recursos Financieros

 

 

Funcionario Elabora

L.C. María de Lourdes Zepeda Pineda

Administradora de Recursos Financieros “3”


 

INFORME SOBRE PASIVOS CONTINGENTES

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022

 

Anexo 9

 

 

Marzo 22 de 2023.

 

 

A la Secretaría de la Función Pública

A la Junta de Gobierno del SAT

 

A continuación, se mencionan los principales pasivos contingentes con los que cuenta el Servicio de Administración Tributaria, al 31 de diciembre de 2022.

 

 

OBLIGACIONES LABORALES

 

$ 1,990,578,081

 

 

FONDOS Y BIENES DE TERCEROS EN GARANTÍA Y/O ADMINISTRACIÓN A LARGO PLAZO.

 

$ 0.

 

PROVISIONES A LARGO PLAZO

 

$ 0.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Funcionario Autoriza

Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa

Administradora General de Recursos y Servicios

 

 

Funcionario Revisa

Lic. César Abraham Garnelo Granados

Administrador Central de Recursos Financieros

 

 

Funcionario Elabora

L.C. María de Lourdes Zepeda Pineda

Administradora de Recursos Financieros “3”

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REPORTE SOBRE PATRIMONIO

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022

 

Anexo 10

 

 

Marzo 22 de 2023.

 

A la Secretaría de la Función Pública

A la Junta de Gobierno del SAT

 

A continuación, se menciona el porcentaje del Patrimonio que es propiedad del Poder Ejecutivo.

 

 

 

Importe

 

 

Total de Patrimonio del Servicio de Administración Tributaria (SAT)

$ 13,265,037,512

% del Patrimonio del SAT que es propiedad del Poder Ejecutivo

100%

Patrimonio del SAT que es propiedad del Poder Ejecutivo

$ 13,265,037,512

 

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Funcionario Autoriza

Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa

 Administradora General de Recursos y Servicios

 

Funcionario Revisa

Lic. César Abraham Garnelo Granados

Administrador Central de Recursos Financieros

 

 

Funcionario Elabora

L.C. María de Lourdes Zepeda Pineda

Administradora de Recursos Financieros “3”